jueves, 3 de septiembre de 2009

MPT INFORMA: Senado aprobó reforma constitucional que mutila derechos de los pueblos indígenas. Siniestra operación política de Viera Gallo

SUMA URGENCIA.

Senado aprobó reforma constitucional que mutila derechos de los pueblos indígenas. Siniestra operación política de Viera Gallo

A espaldas de los pueblos indígenas e ingresando una indicación fuera de Tabla, el día 1 de septiembre a las 18 hrs., en un acto propio de bandas mafiosas, los comités del Senado aprobaron "reconocimiento constitucional" que mutila los derechos de los pueblos indígenas. Nuevo texto propuesto por el Ejecutivo niega condición de los pueblos como sujetos de derechos.

El proyecto pasó a segundo trámite, a la Cámara de Diputados.

Senado y Viera Gallo le dan una bofetada a los pueblos indígenas. Dan muestra de su ceguera y menosprecio por los derechos humanos, violando escandalosamente el Convenio 169.

UNA OPERACION MAFIOSA

A las 16: 00 hrs del Lunes 1 de Septiembre de 2009 el Gobierno por intermedio del Ministro Viera Gallo ingresó el Mensaje 41, que "hace presente la urgencia, calificada de “suma” respecto de las siguientes iniciativas:

"Proyecto de reforma constitucional, iniciado en Moción de los Honorables Senadores señores Allamand, Cantero, Espina, García y Romero, que reconoce el aporte de los pueblos originarios a la conformación de la nación chilena y proyecto de reforma constitucional que reconoce a los pueblos indígenas de Chile (Boletines números 5.324-07 y 5.522-07, refundidos)."

Los comités del senado tomaron de inmediato el acuerdo de "ampliar" el plazo de indicaciones al proyecto de reforma... hasta las 18 horas del mismo dia 1 de septiembre.

Y procedieron a aprobar la siguiente

INDICACION De S.E. la Presidenta de la República:

“1) Reemplazase el artículo 4°, por el siguiente:

“Artículo 4°.- El Estado reconoce la existencia de los pueblos indígenas que habitan su territorio y el derecho de éstos a conservar, fortalecer y desarrollar su identidad, cultura, idiomas, instituciones y tradiciones y a participar en la vida económica, social, política y cultural del país en la forma que establece el orden jurídico nacional, derecho que será ejercido por las comunidades, organizaciones e integrantes de dichos pueblos.

Los pueblos indígenas podrán organizar su vida de acuerdo a sus costumbres, en conformidad a la Constitución y las leyes.”.”.

EL CANDADO CONSTITUCIONAL. NEGAR A LOS PUEBLOS COMO SUJETOS DE DERECHOS

De acuerdo a este texto inconsulto y discriminatorio, los pueblos indígenas NO ejercen derechos. El "reconocimiento" que se anuncia de entrada es un simulacro, que se niega en la frase que dice que solo las comunidades, organizaciones e individuos indígenas podrian ejercer derechos.

Y siempre y cuando sea en el marco de hierro de la Constitución chilena...que niega derechos.

SUMA URGENCIA

El proyecto inconsulto y racista ya pasó a la Cámara de Diputados

El Gobierno le ha asignado suma urgencia a la tramitación.

Suma urgencia = 3 días.

¿Esa es la voluntad de diálogo y de cumplir con el Convenio 169 de la OIT?

¿Para eso viaja la comitiva de ministros?

Se adjuntan dos documentos:

El primero del relator especial de Naciones Unidas sobre derecho y libertades fundamentales James Anaya, que señala los estándares internacionales para realizar un proceso de consulta a pueblos indígenas, obligación tanto del Gobierno como del Congreso Nacional.

El segundo, del Centro de Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales, que realiza un análisis crítico del contenido del proyecto de reconocimiento constitucional, dejando en claro que este proyecto no cumple con los estándares internacionales sobre derechos humanos de pueblos indígenas.

ES URGENTE QUE LAS ORGANIZACIONES INDÍGENAS, LA ORGANIZACIONES SOCIALES Y DE DERECHOS HUMANOS MANIFIESTEN SU RECHAZO A ESTA NUEVA VIOLACIÓN A LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS.

GTDC.

Grupo de trabajo de Derechos Colectivos.





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